Propuesta de corredores de vida silvestre en el condado de Ventura

En 2017, la Junta de Supervisores del Condado de Ventura votó para seguir adelante con el desarrollo de protecciones para corredores de vida silvestre que conectan áreas de hábitat importante como el Área Recreativa Nacional de las Montañas de Santa Mónica y el Bosque Nacional Los Padres. Como resultado de este esfuerzo de varios años, el personal de planificación del condado presentó recientemente un ordenanza propuesta a la Comisión de Planificación, que votó por unanimidad para enviar la propuesta a la Junta de Supervisores para su aprobación y aprobación final.

La ordenanza propuesta protegería varias áreas identificadas como Corredores de Conectividad de Hábitat y Movimiento de Vida Silvestre en todo el condado. Estas áreas fueron identificadas mediante un esfuerzo de colaboración a gran escala que incluyó a científicos y personal de agencias del Servicio Forestal, Servicio de Parques Nacionales, Parques Estatales de California, South Coast Wildlands, Wildlands Conservancy, Conservation Biology Institute, San Diego State University y muchas otras organizaciones. Los científicos que participaron en este esfuerzo localizaron áreas críticas para el movimiento y la supervivencia de la vida silvestre en la región, y las características identificadas de estas áreas son importantes para la viabilidad a largo plazo de la vida silvestre, como leones de montaña, osos negros, linces, coyotes, tejones, ciervos. y otras especies. La ordenanza propuesta en el condado de Ventura se basó en esta información, y el personal de planificación del condado trabajó con ganaderos, agricultores, propietarios de tierras y otras partes interesadas para desarrollar regulaciones que protegerían la vida silvestre y el hábitat al tiempo que permitían a los propietarios construir y desarrollar sus tierras.

La ordenanza propuesta protegería el hábitat de la vida silvestre y los corredores de movimiento al prohibir ciertos tipos de iluminación nocturna al aire libre dañina para los animales, desalentando el desarrollo a lo largo de los arroyos, desalentando el uso de cercas que inhiben el movimiento de la vida silvestre y regulando el desarrollo dentro de las áreas críticas de paso de vida silvestre (cuellos de botella estrechos dentro de los corredores que son cruciales para el movimiento exitoso de la vida silvestre). A continuación se muestran listas de lo que regula y lo que no regula la ordenanza.

Lo que hace la ordenanza

  • Prohíbe la plantación intencional de plantas invasoras a lo largo de los arroyos.
  • Restringe ciertos tipos de iluminación exterior que impactan la vida silvestre en la noche.
  • Restringe el tipo de cercado utilizado en algunas áreas para que la vida silvestre aún pueda moverse a través de un corredor designado.
  • Cambia el proceso de permisos para ciertos tipos de desarrollo dentro de los pies 200 de las características de las aguas superficiales (por ejemplo, arroyos) para reducir los impactos ambientales.
  • Desalienta el desarrollo en expansión en las Zonas críticas de paso de vida silvestre dentro de los corredores de vida silvestre.

Lo que no hace la ordenanza

  • No prohíbe el desarrollo directamente.
  • No impide la reconstrucción de viviendas u otras estructuras destruidas por incendios forestales, inundaciones, terremotos o deslizamientos de tierra.
  • No prohíbe la eliminación de vegetación relacionada con la mitigación de incendios forestales.
  • No prohíbe la iluminación de seguridad exterior.
  • No prohíbe la actividad agrícola dentro de los corredores de vida silvestre.
  • No prohíbe el cercado que inhibe el movimiento de la vida silvestre hacia cultivos y huertos (es decir, la seguridad alimentaria no se verá comprometida por esta ordenanza).
  • No “quita” la propiedad privada a los terratenientes.

Docenas de exenciones

Aquí hay una lista de algunas de las principales exenciones (hay al menos 47 exenciones en total) incorporadas en la ordenanza:

  • Plantar o cosechar cultivos comerciales o huertos y ganado pastando a lo largo de los arroyos.
  • Modificación de la vegetación que afecta un área menor al 10% de la porción de una propiedad ubicada dentro de una zona de amortiguamiento de la corriente.
  • Trabajos de restauración realizados por organizaciones conservacionistas.
  • Reparación o mantenimiento de vallas existentes.
  • Todas las estructuras, cercas, etc. legalmente existentes.
  • Iluminación estacional o festiva (por ejemplo, luces navideñas).
  • Actividades requeridas por la ley o regulación federal, estatal o local.

A continuación se muestra un mapa de los corredores propuestos.